CEPAMYF Y TRABAJO SOCIAL
OBJETIVO
Realizar acciones encaminadas a la atención integral de los involucrados en violencia familiar, así como promover actividades de prevención de maltrato, así como evaluar la situación socioeconómica, la dinámica familiar y social del receptor del maltrato y su familia a través de visitas domiciliarias que permitan conocer la situación que guarda la familia.
FUNCIONES
- Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar las actividades correspondientes al área de CEPAMyF y Trabajo Social,
- Gestionar en coordinación con la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familiar, albergue temporal a instituciones de asistencia social públicas o privadas, legalmente reconocidas, a la población en estado de abandono y vulnerabilidad del Municipio, generando acciones que provean de una mejor calidad de vida a éstos, cuidando que vivan en un entorno de calidez y bienestar;
- Difundir en coordinación con los sectores público, privado y social el programa preventivo al maltrato familiar, así como a la población en general de los programas de atención a esta problemática;
- Llevar el registro de las niñas, niños, adolescentes y adultos mayores, canalizados a albergues y mantenerlo actualizado;
- Dar seguimiento de las niñas, niños, adolescentes y adultos mayores, canalizados a albergues, a través del equipo multidisciplinario del área;
- Informar oportunamente al Procurador de la Defensa del Menor y la Familia del Sistema Municipal DIF, cuando tenga conocimiento de que peligre la integridad física o la seguridad jurídica de las niñas, niños, adolescentes y adultos mayores, canalizados a albergues;
- Gestionar víveres, medicamentos, ropa, útiles escolares, y demás elementos necesarios que salvaguarden la integridad biopsicosocial de las niñas, niños, adolescentes y adultos mayores, canalizados a albergues, en coordinación de las diferentes Coordinaciones del Sistema Municipal DIF;
- Coordinar y supervisar las acciones llevadas a cabo por el equipo multidisciplinario en la recepción y seguimiento de los reportes de Probable Maltrato, dentro del Municipio;
- Coordinar y supervisar la adecuada prestación del servicio de las áreas médico, psicológico, jurídico y de trabajo social, orientados al estudio y tratamiento de los sujetos de violencia familiar;
- Realizar reuniones periódicas con el grupo multidisciplinario, para determinar el procedimiento que debe llevarse a cabo para atender los casos específicos de violencia mediante minuta correspondiente;
- Canalizar al área correspondiente del Sistema Municipal DIF y/o Instituciones públicas o privadas, a los sujetos relacionados con probables reportes de maltrato, a efecto de que sean atendidos en cuanto a su problemática, dándole el seguimiento correspondiente;
- Gestionar y remitir las copias certificadas del expediente del Reporte de Probable Maltrato y/o informes, únicamente a solicitud de la autoridad correspondiente;
- Dar seguimiento al procedimiento que se indique a los sujetos de maltrato y violencia familiar y sus familias;
- Recepción, seguimiento y contestación a reportes de Probable maltrato remitidos por otras dependencias y/o de la sociedad civil;
- Elaborar y entregar al CEPAMyF estatal un informe mensual sobre los reportes de maltrato y su seguimiento, que se suscitan en el Municipio;
- Iniciar y/o supervisar, el inicio de una querella y/o denuncia ante la Autoridad correspondiente, por hechos posiblemente constitutivos de delito, en agravio de personas en estado de abandono o vulnerabilidad residentes en el Municipio;
- Brindar asesoría a víctimas de delitos o familiares de éstos, canalizándolos ante la autoridad correspondiente;
- Realizar acompañamiento y traslado de niñas, niños, adolescentes y población en estado de vulnerabilidad, canalizados por la Agencia del Ministerio Publico a DIFEM;
- Presentar tantas y cuantas veces se requiera por la Autoridad correspondiente, a la población vulnerable que se encuentre en Albergues;
- Apoyar en los diferentes programas del Sistema Municipal DIF con la finalidad de brindar la asistencia social a la población vulnerable; y
- Las que sean necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones y demás disposiciones legales aplicables.