Ayuntamiento de Villa Guerrero

Gobierno del Estado de México

Tesoreria

Objetivo

Obtener, administrar y erogar los recursos públicos de una manera eficiente y eficaz, con la finalidad de mantener unas finanzas públicas sanas.


Funciones

  • Recaudar y administrar los recursos financieros, humanos, materiales y sistemas informáticos del Sistema Municipal DIF;
  • Fungir como Tesorero de la Junta de Gobierno;
  • Ejercer y supervisar los egresos de acuerdo al presupuesto autorizado y a la normatividad vigente;
  • Proporcionar a la Dirección General y a las Unidades Administrativas la información necesaria para la formulación del proyecto de presupuesto de ingresos y egresos;
  • Informar a la Dirección General y a las Unidades Administrativas, el avance del ejercicio presupuesta!;
  • Presentar periódicamente a la Dirección General y Junta de Gobierno el informe de la situación financiera del Sistema Municipal DIF;
  • Proponer a la Junta de Gobierno, por conducto de la Dirección General, la cancelación de cuentas incobrables;
  • Administrar los recursos que conforman el patrimonio del organismo conforme a la ley;
  • Integrar y autorizar con su firma la información que se entrega al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM);
  • Supervisar la contabilidad y el control presupuesta!;
  • Proponer a la Junta de Gobierno la política de ingresos;
  • Formar parte del Comité de Adquisiciones y Servicios, así como del Comité de Bienes muebles e Inmuebles del Sistema Municipal DIF;
  • Proporcionar los datos que le soliciten para contestar los pliegos de observaciones y alcances que formule el OSFEM, así como informar sobre las contestaciones realizadas a la Dirección General y Presidencia del Sistema Municipal DIF;
  • Supervisar el cumplimiento y cálculo de las obligaciones fiscales;
  • Supervisar la integración y entrega de la Cuenta Pública e Informes con la periodicidad establecida al OSFEM;
  • Firmar los cheques en forma mancomunada con la Presidenta o en su caso con el Director (a) General del Sistema Municipal DIF o quien la Presidenta designe;
  • Autorizar los transferencias electrónicos de fondos, de los cuales se dará cuento a la Presidenta o en su caso la Dirección General mediante los informes de estados financieros entregados de manera periódica;
  • Administrar y supervisar los sistemas informáticos de recaudación;
  • Supervisar los registros contables, para dar de alta en patrimonio, la recepción de los bienes que sean donados al Sistema Municipal DIF;
  • Custodiar sus archivos, expedientes y documentación que se genere con motivo del desarrollo de sus funciones;
  • Supervisar el adecuado control y custodia de las garantías otorgadas por los proveedores del Sistema Municipal DIF;
  • Expedir y controlar los recibos deducibles de impuestos por concepto de donativos en coordinación con la Unidad de Procuración de Fondos y Asistencia Social;
  • A través de su titular, coordinar el sistema de ploneación del Sistema Municipal DIF y coadyuvar en la formulación los planes y programas de operación;
  • Ser responsable de llevar a cabo el sistema de planeación de ingresos del Sistema Municipal DIF y de las evaluaciones correspondientes a las metas de las áreas a su cargo;
  • Proponer a la Presidencia del Sistema Municipal DIF el Programa anual de adquisición de Bienes y Servicios;
  • Dar cumplimiento a las leyes, convenios de coordinación fiscal y a las demás que en materia hacendaría celebre con el Estado o la federación;
  • Autorizar el traspaso de partidas presupuestales correspondientes a su área previo visto bueno de la Presidencia y la Dirección General;
  • Realizar los informes y reportes mensuales solicitados por la Presidencia, Dirección General, y/o áreas encargadas del seguimiento programático o de control;
  • Participar en las juntas y reuniones a nivel directivo para definir los alcances y las estrategias que se implementaran paro alcanzar los objetivos y metas establecidas por el Sistema Municipal DIF;
  • Las que sean necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones y demás disposiciones legales aplicables.